De conformidad con nuestros estatutos, nuestro Consejo de Administración ha creado los siguientes comités, mismos que dependen del Consejo de Administración:
El objeto, composición, autoridad y responsabilidades de nuestro Comité de Auditoría, el cual le reporta a nuestro Consejo de Administración, en concordancia con la legislación aplicable han sido definidos y aprobados por nuestro Consejo de Administración.
Las principales funciones de nuestro Comité de Auditoría son (i) evaluar el desempeño de nuestros auditores externos, incluyendo la revisión de su auditoría anual y la recomendación de su aprobación al Consejo de Administración en relación con el reporte de auditoría anual, (ii) revisión y aprobación de estados financieros, y recomendación al Consejo de Administración de aprobarlos, (iii) revisión de nuestros controles internos e informar al Consejo de Administración de cualquier irregularidad, (iv) opinión al Consejo de Administración en materia de estados financieros y otras materias ligadas a la auditoría, que incluye opiniones respecto de (a) si las políticas y criterios contables son adecuados y suficientes, y (b) si la información financiera refleja razonablemente nuestra condición financiera y resultados, y (v) asegurar que las operaciones con partes relacionadas y operaciones que requieren aprobación del Consejo de Administración o de los accionistas sean aprobadas.
El Comité de Auditoría, en general, podrá revisar nuestra información financiera y su preparación y para dicho fin podrá llevar a cabo investigaciones, requerir opiniones de terceros y requerir explicaciones e información de nuestros funcionarios.
Las principales funciones de nuestro Comité de Prácticas Societarias, Nominaciones y Compensaciones son convocar a la Asamblea de Accionistas, auxiliar al Consejo de Administración en la preparación de los informes que se presenten en las Asambleas de Accionistas, y proponer y proporcionar asesoría al Consejo de Administración en los siguientes temas:
El Comité de Prácticas Societarias, Nominaciones y Compensaciones podrá solicitar la opinión de expertos independientes según lo considere adecuado para el cumplimiento apropiado de sus funciones.
El Comité de Administración Integral de Riesgos de Banco Santander México reporta al Consejo de Administración de Banco Santander México según se requiere de conformidad con la legislación local. Este comité propone objetivos, políticas y procedimientos para la administración de riesgos así como límites a la exposición de riesgos al Consejo de Administración. Adicionalmente, el Comité de Administración Integral de Riesgos aprueba la metodología que empleamos en medir diferentes tipos de riesgo a los cuales estamos sujetos, así como los modelos, parámetros y escenarios para medir riesgos, y monitorea los riesgos de mercado, liquidez, crédito, contraparte, legales y operativos. Los miembros del Comité de Administración Integral de Riesgos deberán ser miembros del Consejo de Administración, y permanecerán en su cargo hasta que sean removidos o renuncien.
El objeto, composición, autoridad y responsabilidades del Comité de Remuneraciones, el cual le reporta al Consejo de Administración, han sido elaborados y aprobados por el Consejo de Administración de conformidad con la legislación aplicable.
El principal objeto del Comité de Remuneraciones es auxiliar al Consejo de Administración en desarrollar normas y políticas relativas a la administración y evaluación de los planes de remuneración que en su conjunto forman el sistema de remuneraciones y promulgar el criterio y políticas del plan de remuneración de algunos de nuestros empleados. El Comité de Remuneraciones de Banco Santander México prepara informes semestrales acerca de la administración de nuestros planes de remuneración y le informa a la CNBV acerca de las modificaciones al sistema de remuneración.
El Comité de Remuneraciones es responsable de implementar y mantener el sistema de remuneración de Banco Santander México y le reporta al Consejo de Administración de Banco Santander México dos veces al año en relación con la operación del sistema de remuneración. Adicionalmente, el Comité de Remuneraciones propone políticas y procedimientos de remuneración, recomienda empleados o personal para ser incluidos en el sistema de remuneración y presenta casos y circunstancias especiales a la atención de la aprobación del Consejo de Administración de Banco Santander México.
Las políticas y lineamientos del Comité de Remuneraciones son:
El Comité de Remuneraciones deberá reunirse cada trimestre, y por lo menos la mayoría de sus miembros deberá estar presente; en el entendido de que un director independiente deberá estar presente en todo momento. Las sesiones y resoluciones que se adopten en las sesiones del Comité de Remuneraciones deberán documentarse en actas firmadas por todos los miembros presentes.